Cómo facturar a clientes extranjeros | Infoautónomos
Sin embargo, desde el 1 de enero de 2015 existe una excepción en este tratamiento cuando los servicios prestados a particulares comunitarios sean de telecomunicaciones, radiodifusión,televisión o electrónicos. Estos servicios a efectos de IVA se considerarán realizados en el estado miembro donde resida el cliente final, el particular.